fbpx
684 459 257 hola@afiser.com

Ahora que llega la semana grande fallera y las fiestas Josefinas llegan a su fin, muchos propietarios pierden la calma y entran en cólera. Que las Fallas son cuatro días (16-19 Marzo) hace tiempo que pasó a la historia, cada vez son más las Comisiones que durante todo el año realizan actividades en sus casales a fin de recaudar fondos y poder plantas un monumento cuanto más grande y bonito mejor. Pero, ¿realmente los falleros son conscientes del malestar que ocasionan a los vecinos? Y, ¿realmente los propietarios son conscientes del aporte económico que las Fallas dan a la Ciudad?

Entiendo que como cualquier pueblo con sus fiestas locales, los propietarios deben ser pacientes y comprensibles, cada vez es mayor la normativa a cumplir por dichas Asociaciones y cada vez más, los Ayuntamientos están pendientes de la seguridad y tranquilidad de los vecinos.

Entre las principales molestias para los «no falleros» en las Comunidades de Propietarios nos encontramos fundamentalmente con el tema del ruido, tanto «despertaes» como «mascletaes» y cohetes continuos a lo largo del día. Así como verbenas y discomóviles en vía pública hasta altas horas de la noche.

La inaccesibilidad a garajes comunitarios por calles cortadas, y no olvidarnos del día de la «Cremà«, cuando las fachadas son sometidas a grandes cantidades de agua para evitar ser perjudicadas por las altas temperaturas del fuego.

Pero ahora bien, si la UNESCO declaró en 2016 las Fallas como fiesta Patrimonio Inmaterial de la Humanidad, por algo será, no?

Las Fallas son fiesta, luz y color, pero también son cultura, cohesión social y creatividad.

Las Fallas son un impulso para la ciudad de Valencia y los valencianos, y sobretodo un impulso económico para todos los sectores que se encuentran implicados con ellas.

En el peor de los casos, si veis que la situación por temas de ruido es intolerable os facilitamos unas pautas a seguir a fin de solucionar este problema.

En primer lugar, amparándonos en el art 7.2 de la LPH, el cual transcribimos a continuación:

««7.2 Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.»

El Presidente de la Comunidad deberá hablar con el Presidente de la Comisión y manifestarle las quejas con posibles soluciones. Quizás reducción del horario de apertura del local, insonorización de techos y paredes, etc..

Si viera que la situación no mejora, lo más aconsejable es enviar un burofax a la Comisión donde se reflejen las quejas y los acuerdos pactados no llevados a cabo.

En el momento en que se estén llevando a cabo dichas molestias, paralelamente se deberá llamar a la Policía para que levante acta y revise mediciones, horarios y licencias.

Cuantas más constancias por escrito tengamos mejor, puesto que si es necesario las podremos utilizar como pruebas en un juicio.

Esperaremos un plazo razonable para ver si la situación mejora y si no es caso, realizaremos una Junta General Extraordinaria donde se le autorizará al Presidente a iniciar demanda en el Juzgado.

En el caso de que el Presidente no se quiera involucrar en dicho asunto, se podría seguir por demanda civil a título individual o grupal. Aunque nosotros como Administradores Colegiados,  siempre aconsejamos la contratación de un Letrado para que asesore a la Comunidad en el mejor de los casos dependiendo de las circunstancias.

Así pues, dados estos consejos y como valencianos que somos sólo nos queda desearos unas felices Fallas y como se suele decir en nuestra tierra: «Qué visca València i qué visquen Les Falles!!»